martes, 31 de marzo de 2009

PERU: MUNICIPIOS DE CENTROS POBLADOS EN LUCHA POR AUTONOMIA

VII CONGRESO DE AMUCEP CONGREGA EN EL CALLAO A ALCALDES Y REGIDORES DE MUNICIPALIDADES DE CENTRO POBLADO. AFIRMAN QUE DEBEN MANTENER SU AUTONOMIA Y LUCHAR POR TRANSFERENCIA DIRECTA DE RECURSOS Y CONTAR CON SU PROPIA UNIDAD FORMULADORA DE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA.


VII CONGRESO DE AMUCEP CONGREGA EN EL CALLAO A ALCALDES Y REGIDORES DE MUNICIPALIDADES DE CENTRO POBLADO. AFIRMAN QUE DEBEN MANTENER SU AUTONOMIA Y LUCHAR POR TRANSFERENCIA DIRECTA DE RECURSOS Y CONTAR CON SU PROPIA UNIDAD FORMULADORA DE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA.

De trascendencia histórica calificó al VII Congreso de la Asociación de Municipalidades de Centros Poblados organizado por AMUCEP PERU, el Vicepresidente del Instituto Pueblo Continente Mauricio Quiroz Torres.

Este Congreso se realiza en el Callao el miércoles 25 de marzo, puntualizó.

Refirió que la AMUCEP es la única institución que ha sabido mantener una línea de independencia frente al tutelaje gobiernista que ha impedido a las Municipalidades de Centros Poblados mantener su autonomía hoy vejada por la modificación constitucional que hizo el gobierno toledista que les retiró el rango de órganos de gobierno local que tenían dichas Municipalidades.

El Presidente de AMUCEP Augusto Velásquez Salinas tiene el mérito de decir las cosas claras frente a los gobiernos de turno y ante aquellas ONG que se oponen a la autonomía de dichas Municipalidades, afirmó.

Quiroz dijo, sin embargo, que este VII Congreso de AMUCEP debe desechar cualquier atisbo de subordinación a posiciones electoreras y gobiernistas pues mucho daño causó hace algunos años la dependencia a Parlamentarios y al Estado Centralista de dichas Municipalidades.

Es hora ya de relanzar la lucha por la autonomía de las Municipalidades de Centro Poblado que en estos tiempos pasa por recibir transferencias directas de recursos del Ministerio de Economía y Finanzas así como de que puedan contar con su propia Unidad Formuladora para que se beneficien de los ingentes recursos que manejan fondos como EL FONIPREL y los Fondos Contravalor, entre otros.

Quiróz dijo que si el Presidente García les ha dado manejo de fondos a 36,000 Directores de Escuelas y Colegios o más de 10,000 Jefes de Postas Médicas porqué no se hace igual con las Municipalidades de Centro Poblado que no pasan de los 2,000 puntualizó.



El VII Congreso de AMUCEP tiene ese reto histórico y todos debemos de contribuir a ello, señaló finalmente.


PROYECTO DE DECRETO DE URGENCIA

DISPONEN TRANSFERENCIA DIRECTA DE RECURSOS A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTRO POBLADO Y MEDIDAS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS INVERSIONES

Articulo 1º:
Autorizase al Ministerio de Economía y Finanzas, a partir de Abril del 2009, a transferir directamente a las Municipalidades de Centro Poblado los Recursos que reciban las Municipalidades Distritales o Provinciales como Transferencias Corrientes del Estado, utilizándose para esta distribución el % de la población del ámbito de la Municipalidad de Centro Poblado frente al total de la población del Distrito o Provincia.

Articulo 2º:
Las Municipalidades de Centro Poblado deberán coordinar con el Instituto Nacional de Estadística e Informática para que éste remita al Ministerio de Economía y Finanzas, el % de la población del ámbito de su jurisdicción fijada en el respectivo Acuerdo Municipal de su creación y/o Adecuación frente al total del Distrito o Provincia según sea el caso, para la distribución de los Recursos que les corresponda recibir.

Artículo 3º:
Las Municipalidades de Centro Poblado deberán obligatoriamente contar con Cuenta Corriente en el Banco de la Nación para recibir las transferencias de recursos del Estado a que se hace referencia en el presente Decreto de Urgencia.
Para el efecto, bastará que cada Municipalidad presente ante dicho Banco el Acta de Sesión de Concejo que autorice la apertura de dicha Cuenta con indicación de los titulares y suplentes de dicha Cuenta.

Artículo 4º:
Autorizase a las Municipalidades de Centro Poblado a constituir su Unidad Formuladora para los Proyectos de Inversión Pública que demanden las poblaciones de su ámbito debiendo las Oficinas de Programación de Inversiones de las Municipalidades Distritales o Provinciales coordinar con ellas para facilitar la viabilidad de sus Proyectos.
Los Proyectos que sean declarados viables conforme a las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública podrán ser presentados directamente por las Municipalidades de Centro Poblado ante entidades que administran recursos del Estado o donde el Estado sea parte de convenios de Canje de Deuda por Inversión.
Los Proyectos de Inversión de dichas Municipalidades que resulten beneficiarios del financiamiento correspondiente serán ejecutados por dichas Municipalidades debiendo las Municipalidades Distritales o Provinciales según el caso asumir la supervisión de dichos proyectos.

Artículo 5º:
Déjese sin efecto y/o suspéndase las normas que se opongan al presente Decreto de Urgencia.